Período Bienal julio 2014- junio2016
Los servidores públicos tendrán la responsabilidad de cumplir con 20 horas de educación continua en cada período bienal según dispone el artículo 3.3 de la Ley de Ética Gubernamental. De las cuales un mínimo10 horas tienen que completarse a través de adiestramientro o cualquier otro método desarrollado por el CDPE. Los adiestramientos ofrecidos por otras entidades públicas o privadas no podrán exceder de 10 horas, el Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ético determinará una equivalencia y convalidará los mismo en el correspondiente período bienal.
Enlaces:
- Registro, verificación de horas de educación continua y matrículas
►
Acceder al Sistema de Registro de Educación Continua
- Política pública de prevención, educación continua y comités de ética
►
Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ético